A través de un resolución publicada en el Boletín Oficial, el gobierno nacional autorizó incrementos en algunos de los rubros de “Precios Máximos“, programa de referencia para productos de consumo masivo: las subas oscilan entre el 2% y el 6%.
Mediante la disposición 14/2020, la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación, publicó las actualizaciones para los 18 rubros alcanzados por los incrementos e informó que tendrá vigencia hasta el 31 de octubre.
Según el texto oficial, los almacenes, comercios, y demás sujetos alcanzados por la presente disposición “deberán poseer, en cada uno de sus puntos de venta, los listados de los precios de cada producto, debiendo constar el precio vigente al día 6 de marzo de 2020, el precio resultante del incremento establecido por la disposición N° 13/20 de la Subsecretaría de Acciones para la Defensa de las y los Consumidores y el precio actual, conforme la aplicación del porcentual autorizado por la presente disposición”.
¿En qué medida se dieron los incrementos? “Aceite de girasol, 5%; Alimentos congelados, 3%; Alimentos para mascotas, 4%; Arroz y legumbres, 4%; Bebidas, 3%); Conservas, chacinados y encurtidos, 3%; Cuidado personal, 4%; Dulces y endulzantes, 2%; Harina de trigo, 5%; Infusiones, 4%; Leches y sus derivados, 2%; Limpieza del hogar, Cocina y Bazar, 3%; Papeles, 3%; Resto aceites, 2%; Resto harinas, fideos, galletitas y panificados, 3%; Sopas, caldos, puré, aderezos, condimentos y snacks, 2%; Vinos, espumantes y jugos puros cien por ciento de frutas, 6%; Yerba, 6%”.