El Banco Central de la República Argentina (BCRA) informó en las últimas horas una serie de medidas para intentar frenar la caída de las reservas en el mercado cambiario.

Su máxima autoridad, Miguel Ángel Pesce, confirmó la retención a cuenta del Impuesto a las Ganancias o de Bienes Personales del 35% para las compras de dólar ahorro y pagos con tarjetas de crédito al exterior.

El recargo rige desde este miércoles 16 de septiembre y aquellos que se hagan con débito a una cuenta en pesos lo pagarán de inmediato mientras que los que se hagan con tarjeta de crédito se pagarán al momento del vencimiento del resumen. 

En esta línea, aclararon que las compras en moneda extranjera se tomarán a cuenta del consumo mensual. ¿Qué implica esto? Que si, por ejemplo, una persona gasta USD 50 con su tarjeta, el mes que viene no podrá comprar USD 200 porque su cupo se habrá achicado a USD 150.

Esto impactará sobre los servicios de streaming como Netflix, Spotify, Amazon Prime o cualquier otra plataforma similar: si tienen las tarifas pesificadas, no habrá inconvenientes; sin embargo, si los bancos procesan la tarifa en dólares, ingresará en la categoría de consumo con moneda extranjera

 “Los pagos realizados por los consumos en moneda extranjera con tarjetas de crédito o débito se tomarán a cuenta del cupo mensual. No habrá tope al consumo con tarjetas (débito y crédito) y cuando los gastos mensuales superen el cupo, absorben el de los meses subsiguientes”, remarcaron.

¿Qué operaciones quedaron excluidas en la Resolución General 4815/2020 de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP)?

  • Los gastos referidos a “prestaciones de salud, compra de medicamentos, adquisición de libros en cualquier formato, utilización de plataformas educativas y software con fines educativos“.
  • Los gastos asociados a “proyectos de investigación efectuados por investigadores que se desempeñen en el ámbito del Estado nacional, Estados provinciales, la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los municipios, así como las universidades e instituciones integrantes del sistema universitario argentino”.
  • Adquisición en el exterior de materiales de equipamiento y demás bienes destinados a la lucha contra el fuego y la protección civil de la población por parte de las entidades reconocidas en la Ley N° 25.054 y sus modificatorias.

Por último, las autoridades del Banco Central informaron que sigue vigente “la inhabilitación por 90 días para operar dólar contado con liquidación o dólar MEP, los tipos de cambio que se obtienen negociando con bonos y acciones“, que rige hoy.

Lo mismo sucede viceversa, es decir, la compra de dólares para atesoramiento impide por tres meses operar con “liqui” o MEP. Esas limitaciones no se activan al hacer consumos con tarjeta.

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