El gobierno nacional decidió prorrogar hasta fin de año la prohibición para las empresas de cortar servicios esenciales como el gas, la luz, el agua, la telefonía fija y móvil, Internet y televisión por cable por falta de pago.

La norma, que se estableció a fines de marzo, alcanzaba en ese momento a todos los consumidores que adeudaran hasta tres cuotas, consecutivas o alternas, de cualquiera de esos servicios: ahora pueden llegar hasta seis las facturas sin abonar, siempre y cuando tengan vencimientos posteriores al 1º de marzo.

El decreto, publicado en el Boletín Oficial, fue firmado por el presidente Alberto Fernández, el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y todos los ministros.

Asimismo, las autoridades nacionales también extendieron la suspensión de las multas y las inhabilitaciones de las cuentas bancarias por cheques sin fondos “hasta el 31 de diciembre inclusive”.

En consonancia con ello, la nueva resolución aclara que le dará continuidad a la norma que le ordenó a las instituciones crediticias dejar de requerir “a los empleadores, en forma previa al otorgamiento de crédito, una constancia o declaración jurada de que no adeudan suma alguna en concepto de aportes y/o contribuciones, o que, habiéndose acogido a moratoria, se encuentran al día en el cumplimiento de la misma”.

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