La primer detención de Milagro Sala puede haber sido arbitraria pero no las siguientes por defraudación al estado y asociación ilícita.
— Elisa Lilita Carrió (@elisacarrio) 21 de junio de 2017
De manera inesperada, la líder de la Coalición Cívica (CC) y una de las cabezas de la alianza “Cambiemos” se refirió via Twitter a la situación de la líder de la Tupac Amaru.
La conclusión a la que arribó Elisa Carrió a un año y medio de la prisión de Milagro Sala y su exposición al público deja más dudas que certezas en torno a la “legalidad” del proceso judicial.
Vale la pena recrodar que, a lo largo de todo este tiempo, distintos organismos de derechos humanos, tanto locales como internacionales, pidieron al gobierno de Mauricio Macri que revea su posición e intervinieron por su liberación pero nada de esto ha surtido efecto.
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- Grupo de Trabajo de la ONU: “Hubo un entramado de acusaciones consecutivas e inicio de causas judiciales para sostener su privación de libertad de manera indefinida en el tiempo. Se está vulnerando la independencia judicial. No existen elementos legales para justificar su prisión preventiva. No existe riesgo de fuga o de entorpecimiento de la investigación”.
- Human Rights Watch (HRW): “En una sociedad democrática, los derechos – sobre todo aquellos fundamentales como el derecho a un juicio justo y a ser juzgado por un tribunal independiente e imparcial – son una garantía frente a la voluntad de las mayorías, y no pueden quedar sujetos a la opinión circunstancial de la población”.
- Organización de Estados Americanos (OEA): “La Justicia no se puede administrar por encuestas u opiniones sino en función de consideraciones objetivas. Por ello, el sistema político no puede declarar a Milagro Sala culpable. (…) Por alguna razón se pretende desconocer todo ello, es mucha comunidad internacional que ha hecho señalamientos. Y todos coincidimos en que debe asegurarse el más pleno respeto de las garantías procesales para Milagro Sala o para cualquier detenido, pero que nadie puede considerarse impune en el sentido de que sus crímenes no sean juzgados”.
- Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH): “La protesta es un ejercicio legítimo de la libertad de expresión que debe ser facilitado y no sujeto a criminalización u otras formas de represión. Si bien una orden judicial dispuso la libertad de Milagro Sala, ella no salió en libertad pues se le imputaron otros cargos mediante decisiones judiciales bajo la jurisdicción de la provincia de Jujuy”
? Milagro Sala: entre la #ONU y #Macri