? Foto: M.A.F.I.A.

Si faltaba algo más para denostar el fallo del máximo tribunal argentino que le concedió el beneficio del 2×1 a condenados por crímenes de lesa humanidad era el rechazo del Grupo de Trabajo sobre Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

En su 112° sesión, además de una serie de temas, se trató especialmente el caso argentino y la grave situación que se vive en México.

Respecto de la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN), señalaron: “La aplicación de la ley que estuvo vigente entre 1994 y 2001 puede  reducirle significativamente la pena a aquellos individuos apresados por cometer desapariciones forzadas y crímenes contra la humanidad”.

“El Grupo de Trabajo recuerda que la Declaración de 1992 asegura que todos los actos de desaparición deben ser apropiadamente castigados, teniendo en cuenta su extrema seriedad; y que todos los responsables no deben ser beneficiados con ningún tipo de amnistía especial, leyes o medidas similares que los exceptúe de cumplir la sanción”, advirtieron.

“En esta línea, celebramos la rápida reacción del Congreso de la Argentina al adoptar una nueva ley estableciendo que el beneficio del ‘2×1’ no es aplicable a las conductas criminales que caen bajo el rótulo de crímenes contra la humanidad, genocidio o crímenes de guerra considerados por la ley doméstica o internacional”, concluyeron.

  • Para leerlo completo (en inglés): OHCHR

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