El gobierno publicó en el Boletín Oficial el decreto de promulgación de la “Ley de Reparación Histórica a Jubilados y Pensionados”, que habilita el blanqueo de capitales.
El Estado Nacional le pagará a 2,4 millones de jubilados que tienen sentencia favorable, juicios en curso y a quienes no iniciaron acciones legales.
En esta línea, en el decreto 881/2016 se ratifica que los acuerdos se podrán celebrar “en los casos en que hubiera juicio iniciado, con o sin sentencia firme, y también en los que no hubiera juicio iniciado”, a la vez que establece que los convenios “deberán ser homologados judicialmente, para lo cual se prescindirá de la citación de las partes”.
La Comisión Mixta de Control y Prevención de la Litigiosidad Previsional será la encargada de analizar los casos “no contemplados en los acuerdos transaccionales”. Asimismo, se creó la pensión graciable a la vejez para mayores de 65 años, que cobrarán el 80% de la jubilación mínima.
También se crea el Consejo de Sustentabilidad Previsional, “que tendrá a su cargo la elaboración de un proyecto de ley que contenga un nuevo régimen previsional, universal, integral, solidario, público, sustentable y de reparto”.
¿Cómo se financiará esto?
Por un lado, la ley dio luz verde para que las arcas gubernamentales puedan disponer de hasta el 7% del Fondo de Garantía de Sustentabilidad de la Anses.
Por el otro, se utilizará para cancelar deudas lo recaudado por el Régimen de Sinceramiento Fiscal, más conocido como “blanqueo”. Según la norma estará vigente hasta el 31 de marzo de 2017, permite, entre otras cosas, la declaración de tenencia de moneda nacional o extranjera; inmuebles; muebles, incluido acciones, participación en sociedades, derechos inherentes al carácter de beneficiario de fideicomisos u otros tipos de patrimonios de afectación similares y demás bienes en el país y en el exterior incluyendo créditos y todo tipo de derecho susceptible de valor económico”.