A través del decreto 721/2016, el gobierno de Mauricio Macri modificó el rol del Ministerio de Defensa y su manejo de las Fuerzas Armadas.

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El decreto n°436 aprobado por Raúl Alfonsín el 31 de enero de 1984 establecía que el titular del Ministerio de Defensa tenía ciertas facultades para manejar las Fuerzas Armadas y, de esta manera, se le ponía un “tope” y un control político a las aspiraciones y manejos castrenses.

Sin embargo, casi 36 años después, Mauricio Macri vuelve a dejar la pelota del lado de las FFAA: ahora volverán a tener atribuciones para “decidir ascensos, traslados, designaciones, premios e incorporación de retirados como docentes en los espacios de formación”, entre otras cuestiones.

“Esto es mucho peor que el pago a los fondos buitres: es volver a crear un monstruo, que se había olvidado que podía ser un monstruo”, aseguró Lorenzo Donohoe, ex funcionario del Ministerio de Defensa bajo el mandato de Nilda Garré.

“Es el renunciamiento de la política a la conducción del Estado. Si desde el Ministerio de Defensa no podemos decidir quiénes están en la fuerza entonces pasa a tener un rol decorativo. Ahora los militares deciden la política de defensa; las facultades que eran del ministerio como construcción política del Estado Nacional, ahora pasan a los militares. Los dejas igual que antes de Alfonsín”, sentenció.

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“Es un decreto que consolida el poder de cada uno de los jefes hacia el interior de cada una de las fuerzas. No es una delegación masiva de competencias. El decreto, en principio no afecta todas las atribuciones de control civil de las Fuerzas Armadas. El Ministro se queda con funciones importantes (designaciones, bajas, retiros, convocatorias de oficiales superiores). Sin embargo, marca una tendencia de ir dando concesiones en forma gradual a las fuerzas y así fortaleciendo a las cúpulas”, aseguró Gastón Chillier, director ejecutivo del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS).

Según figura en el decreto, las potestades que quedan en manos de los Jefes de los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas son:

  • 1) Designación de los oficiales en los cargos que no constituyen la conducción superior de los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas.
  • 2) Disposición de los cambios de destino de los oficiales.
  • 3) Designación y disposición de los cambios de destino de los suboficiales.
  • 4) Aprobación de las calificaciones de egreso de escuelas o institutos de reclutamiento de los oficiales de las Fuerzas Armadas.
  • 5) Aprobación de las calificaciones de egreso de las Escuelas Superiores de las Fuerzas Armadas y otorgamiento de los títulos correspondientes.
  • 6) Disposición de las bajas y los retiros obligatorios de los oficiales jefes y oficiales subalternos.
  • 7) Aprobación de las calificaciones de egreso de escuelas o institutos de reclutamiento de suboficiales de las Fuerzas Armadas y otorgamiento de los grados que correspondan.
  • 8) Otorgamiento de los ascensos de los suboficiales.
  • 9) Aprobación, renovación y rescisión de los compromisos de servicios suscriptos por los oficiales y los suboficiales.
    10) Disposición de los retiros y las bajas voluntarios de los oficiales y los suboficiales.
  • 11) Disposición de las bajas y los retiros obligatorios, y las reincorporaciones de los suboficiales.
  • 12) Otorgamiento de las licencias y disposición de los cambios de las situaciones de revista de los oficiales y los suboficiales.
  • 13) Designación del personal militar retirado para funciones docentes en el marco del Estatuto para el Personal Docente Civil de las Fuerzas Armadas.
  • 14) Designaciones a los agentes civiles en su jurisdicción y autorización de sus cambios de destino.
  • 15) Resolución de los recursos presentados por los oficiales jefes y subalternos contra resoluciones de los Jefes de los Estados Mayores Generales como definitiva y última instancia, agotando así la vía administrativa, con exclusión de las materias reguladas por el Código de Disciplina de las Fuerzas Armadas.

El decreto publicado en el Boletín Oficial se puede leer completo acá.

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