El Tribunal de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires explicó cómo las autoridades de mesa deberán trabajar el 5 de julio en las elecciones porteñas frente a la implementación del sistema de votación electrónico.
“Primeramente, la autoridad de mesa deberá constatar que la máquina esté ubicada en un lugar que garantice el secreto del voto, además tendrá que hacerse cargo de prender la máquina e instalar el sistema operativo.
La autoridad de mesa ‘debe verificar y exhibir a los fiscales presentes que ese DVD (que contiene el sistema operativo), se encuentre dentro de una bolsa termosellada y en un sobre con etiqueta de seguridad”, explica la acordada, en tanto agrega que deberá insertar “el DVD en la máquina, calibrar la pantalla y apoyar su credencial sobre el lector de la máquina’.
En la pantalla aparecerá el número de mesa y un teclado táctil con el que la autoridad de mesa debe ingresar el PIN impreso en la credencial y eligir la opción de ‘apertura de mesa’.
A su vez, deberá insertar el ‘Acta de Apertura de Mesa’ en la máquina, sólo a partir de las 8, ingresando el horario, su nombre completo y el tipo y número de su documento y el de las demás autoridades de mesa y tendrá que imprimirla.
Otra particularidad en estas elecciones es que el votante recibirá de las autoridades de mesa un ejemplar de BUE -el papel correspondiente donde se imprimirá la boleta- que insertará en la ranura de la máquina antes de comenzar con su selección.
Se completará la emisión del voto cortando un troquel de la BUE que debe coincidir con el que anteriormente recortó la autoridad de mesa. Finalmente se dobla la boleta impresa y se la introduce en la urna.
En la acordada en Tribunal electoral también resaltó que ‘si el elector manifiesta que lo que está impreso en la BUE no es lo que quiere votar, la autoridad de mesa le indica que destruya la boleta por completo y le entrega otra para que repita el procedimiento” y aclara que “hasta que la boleta no se introduce en la urna no constituye un voto’.
El Tribunal también explicitó los pasos a seguir en el caso de que la maquina presentase algún desperfecto:
“Para el recuento de los votos la autoridad de mesa, acercará su credencial al lector de la máquina y deberá elegir la opción “Cierre de Mesa y Escrutinio” e ingresar el PIN.
Luego insertará el ” Acta de Cierre de Mesa y Escrutinio” e ingresará el horario y dará aceptar a la operación realizada. Allí, aparecerá una pantalla en la que se muestra la totalidad de las agrupaciones políticas y las categorías que en cada caso corresponden y el “contador” estará en cero (0).
La Autoridad de Mesa deberá entonces volcar el contenido de la urna en una bolsa plástica y, tomar las BUE que extrae de la bolsa, una por una, exhibirlas a los presentes y enunciar en voz alta la agrupación política elegida en cada una de las categorías, a fin de permitir la fiscalización.
Seguidamente pasará cada BUE por el lector de la máquina, para que esta realice el recuento. Luego deberá colocar las boletas dentro de la urna. Cuando una boleta no pueda ser leída por la máquina se considera como “Voto no leído por motivos técnicos” y es computado por el Tribunal en el momento del escrutinio definitivo.
En el caso que un elector introduzca en la urna la boleta sin imprimir, el voto se considerará como “Voto Nulo” y también se considerará como “Voto Nulo” cuando la boleta este escrita a mano.
Los votos impugnados, los recurridos y los nulos no deben pasarse por el lector de la máquina. Los votos impugnados, recurridos y los “no leído por motivos técnicos“ no se guardan en la urna sino en el “Sobre de Devolución de Actas”.
El Tribunal también detalló que la autoridad de mesa debe ingresar las cantidades de votos “impugnados, recurridos, nulos y los “no leído por motivos técnicos tocando los números que aparecen en la pantalla a modo de teclado.
Luego imprimirá el “Acta de Cierre de Mesa y Escrutinio” que debe ser firmada, por las Autoridades de Mesa y los Fiscales presentes.nEn la máquina de la mesa se imprimen además los Certificados de Escrutinio que, debidamente firmados por las Autoridades de Mesa se entregan a los Fiscales de las agrupaciones políticas presentes.
Posteriormente, la autoridad de mesa insertará en la máquina el “Certificado de Transmisión de Resultados”, lo imprimirá, lo firmará y lo entregará al Delegado del Tribunal afectado al establecimiento.
Finalmente, ‘el Delegado entrega los Certificados de Transmisión de Resultados al empleado de Correo, a fin de que sean remitidos en custodia, juntos con las urnas y el resto del material, a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires”, indicaron desde el Tribunal'”.
Fuente: Télam