Los magistrados de la Corte de Constitucionalidad (CC) de Guatemala dieron lugar a un amparo a favor del dictador, Efraín Ríos Montt, lo que daría lugar a otro fallo basado en el Decreto 8-86 que permite amnistía.
El nuevo fallo señala que en la resolución se debe explicar los motivos para otorgar o denegar amnistía a Ríos Montt, tomando en cuenta, según la corte, que el acusado puede acogerse a la misma.
Según Prensalibre.com de Guatemala, La Corte de Constitucionalidad (CC) resolvió ayer amparar al militar retirado por considerar que tanto la Sala como el Juzgado no fundamentaron sus resoluciones y que en lugar de resolver si era aplicable la citada legislación emitieron un fallo con base en la Ley de Reconciliación Nacional, de 1996. El fallo fue favorable a Ríos Montt con el voto de cinco magistrados y dos en contra.
Los magistrados, si bien no declaran abiertamente que se debe otorgar la amnistía, sí hablan de que los hechos supuestamente atribuidos a Ríos Montt ya fueron amnistiados, es como juzgar los hechos independientemente de las responsabilidad de quien los cometió. Los defensores de Rios Montt argumentan que es procedente la excepción planteada ya que una ley anterior (1996) se conserva bajo el imperio de una posterior.
“Concluyendo entonces que se mantiene su posición de amnistiado por los hechos acaecidos en ese período de tiempo”, dice la sentencia
A partir de esta sentencia, se busca que Rios Montt no sea juzgado por genocidio y delitos contra deberes de humanidad, en abril del 2014, donde esta previsto otra vez el juicio para el ex dictador.
Cabe recordar que Ríos Montt fue sentenciado a 80 años por el Tribunal A de Mayor Riesgo por los delitos de “genocidio y delitos de deberes contra la humanidad” el 10 de mayo del presente año, pero un fallo de la Corte de Constitucionalidad anuló esa sentencia.
Ríos Montt gobernó el país del 23 de marzo de 1982 al 8 de agosto de 1983, tiempo durante el cual hubo acción militar contra comunidades ixiles, en donde se calcula murieron mil 771 personas