El Ministerio de Salud resolvió junto a el colegio de farmacéuticos que a a partir del 24 de enero próximo, todas las farmacias del país podrán vender únicamente medicamentos, productos para la higiene personal y artículos análogos.
En el dia de ayer se publicó la medida bajo la resolución 1632 en el Boletín Oficial y firmada por el ministro de Salud de la Nación, Juan Luis Manzur.
Esta medida afecta, sobre todo, a las cadenas de Farmacias , ya que de este modo queda prohibida la venta de alimentos, productos de quiosco u otros bienes que no estén vinculados con la actividad farmacéutica, así como golosinas, libros, CDs, recarga para celulares, entre otros productos.
Por lo tanto la actividad farmacéutica queda reducido, tal como se redacta en la nueva normativa, a “la preparación de recetas, la dispensa de drogas, medicamentos, incluidos los denominados de venta libre y de especialidades farmacéuticas” y la venta de “productos destinados a la higiene o estética de las personas; así como de aquellos a los que se les asignen propiedades profilácticas, desinfectantes, insecticidas u otras análogas”.
Para adaptarse a las nuevas normativas, las farmacias tendrán 90 días de corrido desde el pasado miércoles, hasta el 24 de enero del próximo año.